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19/12/10

Sobre el Colegio Colombiano de Archivistas

Amigos archivistas: "Atreverse a pensar es empezar a luchar"

¿CUÁL SERÍA EL APOYO AL COLEGIO COLOMBIANO DE ARCHIVISTAS Y VICEVERSA?

El 16 de Noviembre, tuve la oportunidad de acompañar con Jorge Montoya, al Dr. Albeiro Ramírez Acevedo, gerente de micro ópticas Ltda., a un video coloquio que se dio por internet desde el Almacén Éxito de la 80, entre Bogotá y Medellín, evento que conto la presencia del Dr. Francisco Serrato, director de biblioteca y archivo de las Cortes y presidente de la CCA, quien desarrollo, con sus buenos dotes de profesional del derecho y la archivística, una exposición sobre la Ley del Archivista (1409/10), para un grupo de colegas archivistas de Medellín.
La consolidación de la archivística y su profesión, ha experimentado una lenta pero sostenida evolución en los últimos 40 años de la mano de la expansión en el número de carreras universitarias relativas a la disciplina archivística y de la consecuente inserción de los profesionales graduados, tanto en el sector público como en el sector privado.
La edición de publicaciones especializadas de tratados, la difusión de sus resultados y la creación de asociaciones de profesionales y estudiosos de las Ciencia de la Documentación información y la archivística en todo el mundo, han sido algunas de las acciones que definieron el proceso con la creación de “Acar” y posteriormente de “Archiblios” desde finales de 1960 en Colombia. Sin embargo, este crecimiento cuantitativo en el número de graduados y profesionales en ejercicio, no se había visto tan acompañado de la institucionalización pública hasta la Creación del Archivo General de la Nación (ley 80/89), la Ley General de Archivos (594/00) y ahora la Ley del Archivista (1409/10) que complementa todas las anteriores, en defensa del patrimonio documental como parte propia del patrimonio cultural de la Nación y que toda disciplina profesional necesita para su desarrollo más allá del ámbito académico.
En cuanto a la Colegiación total de los profesionales de la disciplina archivística, es una etapa a nivel nacional por desarrollar -Carta Política de 1991-, constituye un sujeto de derecho público no estatal de carácter gremial.
La finalidad principal de esta corporación, es la ordenación y salvaguarda del código deontológico y ético del ejercicio de la profesión archivística; la representación preferencial del gremio, la promoción de la disciplina y la defensa de sus derechos y el cuidado de sus obligaciones profesionales específicas como archivistas, tal como lo dispone la Ley 1409/2010, que confiere el gobierno de la profesión y el control de su ejercicio a las entidades que se organicen con el concurso de todos los profesionales de la actividad, en forma democrática y pluralista conforme a las bases y condiciones que establece nuestra la Legislación. Esta tiene a su cargo la defensa y promoción de sus intereses específicos y gozan de las atribuciones que la ley estima necesarias para el desempeño de sus funciones, con arreglo a los principios de leal colaboración mutua y subordinación al bien común, sin perjuicio de la jurisdicción de los poderes del Estado Colombiano.
La necesidad de ordenar el ejercicio de una profesión sin acometer sobre su autonomía, explica la naturaleza jurídica del Colegio Colombiano de Archivistas, basado en la necesidad de regular el ejercicio de una profesión que expandirá su campo de actuación a todos los niveles del sector público y del sector privado del país, además por la demanda que los propios graduados y profesionales en archivística, a fin de tener las herramientas, no solo para combatir el ejercicio ilegal de la profesión, sino también, para garantizar principios legales y éticos fundamentales en la prestación del servicio.
Es un hecho indudable que los Archivistas han adquirido un protagonismo creciente en el funcionamiento de las instituciones privadas y fundamentalmente públicas, en las que se ejerce la actividad archivista. Este rol, más allá del impacto directo que pueda tener entre las personas o instituciones involucradas en la labor del archivista, tiene además un efecto fundamental sobre el fortalecimiento del sistema democrático y de la actividad política en razón de la temática a la que está consagrada esta digna profesión por la salvaguarda de los documentos de la administración pública, privada, memoria colectiva del país y como parte inalienable de la humanidad.
Así que este primer razonamiento en cuanto a la creación del Colegio Colombiano de Archivistas, supone el cumplimiento del mandato constitucional y la consecuente institucionalización de una profesión en beneficio de sí misma, de las demás profesiones, afines y complementarias y de la sociedad en general.
Los invito a hacerse los siguientes interrogantes: ¿Es consecuente la matrícula para los colegiados que cumplan con el requisito del grado universitario de la disciplina archivística con la determinación del ámbito de competencias que expedirá el Sena, sin contemplar la necesaria contraposición con otras realidades profesionales y empíricas para que el Colegio cumpla con los requerimientos logísticos y económicos que le exige la Ley para su desarrollo, implementación y sostenimiento de los tribunales éticos en general? Además, ¿Podrá promover las múltiples actividades que se requieren con el objetivo de elevar la calidad profesional de sus miembros?, tales como:
• La organización interna de sus actividades administrativas, investigativas y sociales;
• La Promoción de capacitaciones y actualización permanente de los profesionales archivistas;
• Facilitar el intercambio de experiencia, materiales e informaciones entre los colegiados/as, a través de boletines, foros de discusión, reuniones, comisiones y demás actos de la vida colegial.
• Facilitar la integración en equipos interdisciplinares.
• Organizar las jornadas sobre temas de perfeccionamiento profesional;
• Ofrecer los medios técnicos, Centro de Documentación y recursos necesarios para determinadas tareas, acceso a instalaciones especiales para sus actos sociales, recreación y de estudio.
• Proveer la formación de una biblioteca pública en materia de Ciencias y de la Documentación, Información y la Archivística.
A lo anterior, incluyendo acuerdos interinstitucionales con organismos públicos, privados o con otros colegios profesionales (a nivel nacional e internacional) que será una herramienta fundamental para fortalecer la institución creada que permitirán ampliar y consolidar el reconocimiento de la profesión y de su campo de acción.
Un punto importante en el desarrollo de un Colegio de Profesional de archivistas, es la promoción de investigaciones sobre los problemas archivísticos, que aquejan a las diferentes instituciones de nuestro país, pues esto permitiría muy seguramente el cambiar y consolidar unos paradigmas archivísticos que se acerquen más a la realidad nacional; conjuntamente con otras acciones, tanto corporativas, como las relativas a la capacitación y la promoción de la disciplina, que suponen el necesario respaldo, particularmente a quienes se inician en la profesión.
Finalmente, en la dirección de un Colegio, también es garantía los principios de la calidad, no solo los servicios prestados para sus colegiados matriculados, sino también para el desarrollo administrativo, la ético, la equidad, la pluralidad y el valor civil y compromiso para rechazar los atropellos contra la profesión, ya que sin esto se pierde la garantía y el entusiasmo para los que ejercen legalmente la profesión y amplia las oportunidades de trabajo al combatir el ejercicio ilegal de la misma.
No obstante lo anterior, hay que considerar, la opción y oportunidad que tienen las regiones del país de hacer parte del Colegio, o congregarse de manera diferente creando sus propias asociaciones, unión que como tal se puede incorporar al Colegio Colombiano de archivistas, lo que fortalecería la unidad social de la colectividad conjuntamente con otras acciones, tanto gremiales como las relativas a la actualización de capacitación y promoción de la disciplina archivística; respaldo necesario para promover la integración de las asociaciones en todo Colombia.
Ahí queda la inquietud y anhelamos que la mediocridad no nos caiga encima, ya que el debate no ha finalizado.

José Douglas Lasso Duque.
Jue, 25 de Nov, 2010 5:08 pm

14/10/10

AGRADECIMIENTO DE JOSÉ DOUGLAS LASSO DUQUE

DISCURSO DE JOSÉ DOUGLAS LASSO DUQUE EN EL
DÍA DEL ARCHIVISTA.

Octubre 7 de 2010.

Honorable Senador Dr. Edgar Espindola Niños.
H. Representante a la Cámara Dr. Alonso Acosta Osio.
Dr. Armando Entralgo, Director del Archivo General de la Nación.
Dr.  Francisco Serrato. Presidente del Colegio Colombiano de Archivistas.
Dr. Jhon Fredy González Balbuena. Presidente de la Sociedad Colombiana de Archivistas. Amigos Archivistas todos.
Damas y Caballeros.

Dedico y comparto esta distinción con mi esposa Maria del Rosario Higuera, con mis Hijos Moisés, Mónica, Lorena e Iván. Con Usted Dr. William Fonseca, mecenas de la Fundación. Igualmente con todos los Directivos de Archiblios, en especial con Jorge Montoya quien hoy no se encuentra aquí, por compromisos ineludibles de Archiblios, que lo tienen fuera de la Ciudad de Bogotá.

A partir de este momento, Archiblios, la SCA y El CCA, esperan que los archivistas tengan la competividad de responder a los alcances y retos que la Ley del Archivista nos depara en la apropiación de la profesión en sí misma, que nos convierte en proactivos y veedores ante las actuaciones de las instituciones públicas y privadas en la defensa del patrimonio documental archivístico de todas las regiones de Colombia.

A los gremios: Sociedad y Colegio, les compete la responsabilidad para que la Ley del Archivista se cumpla a cabalidad, frente a los derechos y obligaciones de los archivistas en general; para que la profesión ya legalizada y con status, y de acuerdo a como lo señala su código deontológico, sea digna de quienes la regentan y desempeñan en beneficio de su labor profesional para la conservación del patrimonio documental, histórico y cultural de nuestra Nación.

Consideramos que los propósitos que dieron origen a nuestra Fundación Archiblios, se han cumplido en principio después de 25 años, o mejor 40 años desde CAR en Medellín. No obstante seguiremos en la brega con una veeduría más fuerte a favor de la causa que hoy nos convoca.

Así que, agradezco a todos los directivos de la Sociedad Colombiana de Archivistas y al Colegio Colombiano de Archivistas, este honor de concederme este premio "Jorge Palacios Preciado" 2010, y él reconocimiento por el aporte al desarrollo de la actividad archivística y la participación activa en la formación de la "Ley del Archivista", y confío en que a partir de este nueva etapa propiciemos el fortalecimiento gremial para así poder reclamar los derecho que nos confiere la Ley, y nos lleve a trabajar mancomunada y solidariamente, a reclamar las más altas posiciones en el desempeño de la actividad archivística y en los proyectos de desarrollo e investigación que el país requiere de nosotros. También esperamos un gran trabajo en el posicionamiento de los gremios a nivel internacional, por ello, les auguro a todos los que estamos en estas lides los mejores logros y éxitos.

No quiero terminar este sentimiento de gratitud y exaltación profesional, sin antes traer a la memoria a mi gran amigo y ex represente a la Cámara, Dr. Luis Antonio Cuellar, quien en 2005, en su gestión de parlamentario, fue el primero que llevó al Congreso esta iniciativa de Archiblios. Igualmente agradecer y compartir este reconocimiento, con el Dr. Gregorio Eljach Pacheco, Secretario de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado de la República, por los favores personales e institucionales recibidos al acoger generosamente esta labor de Archiblios y de los archivistas en todo momento que lo requiere.

Al ex representante a la Cámara, Dr. Alonso Acosta Osio, pero muy particularmente al Honorable Senador Dr. Edgar Espindola Niño, y su asesor el Dr. Alfonso Carrillo, quien prácticamente llevo por el Senado a buen puerto esta Ley del Archivista que hoy nos convoca; como también el proyecto de Homenaje al Dr. Palacios; así mismo a los Secretarios de la Comisión Sexta de la Cámara, Doctores Fernel Enrique Díaz Quintero y Jaime Alberto Sepúlveda Muñetón, quienes siempre han sido muy considerados y generosos  durante 5 años con mis inquietudes archivísticas.

Al Honorable Representante Dr. Victor Hugo Bandeira, que lleva por la Cámara de representantes, la ponencia del proyecto de homenaje al Dr. Jorge Palacios Preciado (q.e.p.d., artífice e insigne historiador, catedrático y archivista, cuyo legado deja una gran estela de dignidad y ejemplo a esta disciplina profesional de la archivística.

A todos mis amigos archivistas, León Jaime Zapata, Carlos Alberto Zapata, Ignacio Epinayup, Francisco Serrato, Jhon Fredy González Balbuena, Jhon González, Gustavo Vállate, Humberto Hernández, Albeiro Ramírez, Rocío Olivares, Rafael Cohecha y Mayerly Castiblanco, entre una gran legión de cultores que laboran, defienden y dignifican esta carrera profesional, la del Archivista, que hoy nos equilibra con las otras profesiones reconocidas en nuestro país.

A todos los que nos colaboran; ellos, estarán siempre en nuestros corazones y en los anales históricos de la Archivística nacional e internacional.

MUCHAS GRACIAS

EL DEBATE APENAS COMIENZA

Los Alcances y retos de la Ley del Archivista
(Ley 1409 de 2010)

La pregunta obligada es si la Sociedad Colombiana de Archivistas y el Colegio Colombiano de Archivistas, logrará mantener la unidad alrededor de este propósito a nivel nacional integrando la comunidad archivística como lo ha requerido Archiblios en el recientes Coloquio llevado a cabo en el recinto de la Comisión de Ordenamiento Territorial el jueves 30 de septiembre, que logro convocar a más de 50 personas incluyendo las directivas de las academias universitarias que desarrollas esta carrera profesional de las Ciencias de la Documentación, Información y la Archivística.

El dialogo tuvo, en resumen, los temas:

1. Reflexión global sobre el papel de las Organizaciones gremiales y la academia frente a los archivistas en general.

2. Incorporar a los asistentes archivistas y academias de todo el país, en la necesidad de constituir mesas de trabajo para analizar y definir las estrategias de integración de los archivistas a CCA y SCA, en todo lo referente a la nueva Ley del Archivista.

3. Comprender la proyección de las Universidades que ofrecen formación universitaria en esta disciplina y al Sena, desde el punto de vista de las competencias, para legalizar las inscripciones en el registro único nacional de quienes superen el examen de habilitación respectivo y la obtención de la tarjeta profesional que expedirá el CCA y SCA.

4. Informar a la Sociedad sobre la función social e importancia de los archivos y los expertos que ejercen la profesión archivística y la comprensión de las enormes posibilidades de unificación, conocimiento y solidaridad profesional de las Ciencias de la Documentación, Información y la Archivística.

Si partimos de los antecedentes del proyecto de la Ley 594/00, que acomete la modernización del quehacer archivístico en el país, siguiendo las orientaciones técnicas del Consejo Internacional de Archivos y de la Asociación Latinoamericana de Archivos, los derechos fundamentales, sociales y culturales de la Carta Política de 1991, así como en lo relativos a la función jurídico-administrativa, y consulta la opinión de tratadistas y expertos nacionales y extranjeros, la Ley del Archivista, 1409/10, se instituye en los principios constitucionales vigentes, que en su iniciación de los debates de las ponencias de la Ley 594/00, presento así: "define la misión de los archivos, precisa la función social y cultural del patrimonio documental, adopta principios fundamentales de las ciencias de la información, fija las orientaciones básicas para el manejo de los documentos y del quehacer archivístico en la Administración Pública y define las bases del Sistema Nacional de Archivos, del cual podrán formar parte los archivos privados.

En síntesis, el proyecto (hoy Ley General de Archivos, 594/00) buscó tres objetivos importantes: la conservación del patrimonio documental de la Nación así como de las regiones y localidades que la conforman. En segundo término, pretende hacer de los archivos verdaderos centros de información e instrumentos de apoyo en la toma de decisiones y en la gestión de la administración pública, y finalmente aspira garantizar a los ciudadanos el efectivo ejercicio de sus derechos mediante la disposición de los documentos que los afectan como individuos o como miembros de la comunidad. Tales metas responden a la evidencia de que sin archivos no es posible conocer ni comprender el pasado, sin archivos no puede funcionar el Estado ni operar la Administración y sin archivos no hay democracia ni República".

Igualmente determina que: "A partir de esta ley (594/00), y con base en los principios en que se fundamenta, se podrán adoptar desarrollos normativos y reglamentarios específicos que abarquen el conjunto de los procesos, funciones y servicios archivísticos, como la conservación, la clasificación y la descripción, así como lo atinente a la consulta y difusión. Con ello se hará operativo el principio constitucional del libre acceso a los documentos públicos. Se apoyará la investigación del pasado como elemento esencial para la construcción de la identidad nacional, el sentido de pertenencia y la conciencia histórica. Se fomentará la formación y capacitación de personal y se impulsará la profesionalización del oficio (hoy Ley 1409/10). Se reglamentaran cuestiones referentes al empleo y aplicación de las nuevas tecnologías y a los soportes no tradicionales, la duplicación y las transferencias y, en general, los diferentes aspectos técnicos, componentes de un moderno y amplio programa de archivos".

Vemos, pues, que la Ley del Archivista, nos depara verdaderos alcances y retos que solo se lograran a través de un dialogo amplio, plural y equitativo, entre toda la comunidad archivística en general y sus profesiones afines y complementarias, sin discriminación alguna, de lo contrario será letra muerta en medio de un oasis de oportunidades y flaco servicio le prestará a la sociedad, la ciencia, la historia y la cultura de nuestro país.

José Douglas Lasso Duque
Presidente de Archiblios

Ver: http://infoesfera.ning.com/

3/9/10

LEY DEL ARCHIVISTA en COLOMBIA.

LEY DEL ARCHIVISTA
(Nº 1409,  del 30 de Agosto de 2010)

"LEY DEL ARCHIVISTA"…UNA REGLAMENTACIÓN PARA CONCERTAR CON DEMOCRACIA PARTICIPATIVA, PLURAL Y EQUITATIVA.


Colombia tiene como privilegio la indudable fortaleza en el entorno cultural y archivístico en las regiones. El país cuenta con reconocimiento legal para el procedimiento y manejo de sus archivos, enmarcado en la Ley 594/2000, "Ley General de Archivos", de conformidad con la Ley 80 de 1989 que creó el Archivo General de la Nación, la Constitución Política de 1991, la Ley General de Cultura, 397 de l997, su normatividad vigente y las recomendaciones del Concejo Internacional de Archivos, ICA/CIA/UNESCO, y ahora la "Ley del Archivista" 1409/2010. Ley "Por la cual se reglamenta el ejercicio profesional de la archivística, se dicta el código de ética y otras disposiciones".

Fundamento metodológico y pedagógico conceptual, que aborda coherentemente los principios de organización de los documentos de archivo y determina el importante papel del estado frente al tratamiento, la custodia, difusión y salvaguarda del patrimonio documental y cultural del país, como recursos indispensables para la toma de decisiones administrativas consagradas, en:

• Los derechos a la información, tanto a las entidades públicas y privadas como a los ciudadanos en general.
• La vida económica y social, la Investigación Científica, Cultural e Histórica.
• La administración, gracias a la reducción de sus gastos generales.
• Al gobierno, como fuentes de información privilegiadas.
• Al estado, como custodios de los títulos de su soberanía.
• La nación, como su memoria.
• La comunidad internacional, como parte inalienable del patrimonio de la Humanidad.

Ahora bien, los Estados que están en busca de su identidad propia y que desconocen lo autóctono, padecen en cierto sentido perturbaciones de comportamiento nacional manifiestas en lo cívico, social y comunitario, que sólo podrán eliminar si llegan a conocerse mejor. (Bruno Delmas, Paris, 1974).

Frente a la importancia que representa este avance en el entorno archivístico del país, ahora es necesario el fortalecimiento y difusión de todo el articulado expuesto en la "Ley del Archivista" (Ley 1409/10), dado el vació que existía para el ejercicio y regulación de la profesión del archivista, es decir, el accionar y perfil de los ejecutores de las actividades en los archivo; sus derechos y obligaciones para todo el país, derechos y obligaciones frente a los derechos humanos y la sociedad en todo su contexto y los archivistas entre sí.

Los archivos quedan definidos en el contexto jurídico y administrativo colombiano, como herramienta invaluable en el desarrollo de los principios esenciales de la función del Estado y de la empresa privada y enfatiza sobre la necesidad de su aplicabilidad con el ejercicio profesional bajo elementos fundamentales de moralidad y ética. ¿Cómo cumplir la misión encomendado a los archivos sin asociar directa e ineludiblemente el ejercicio de la profesión?

Ya están completas las herramientas para reflexionar y para identificar la importancia de los archivos como lengua connatural de la Administración y el valor del personal profesional para los mismos.

El Estado social de derecho, concepción fundamental en la sociedad actual y globalizada, permite concluir que los archivos juegan un papel vital para la garantía de los derechos consagrados constitucionalmente; son parte natural e intrínseca de la actuación administrativa y testigos fidedignos de la cultura, el arte y la historia. El ordenamiento y adopción de la Ley General de Archivos para Colombia, determino un avance significativo en la búsqueda de aplicación de una normatividad y procesos técnicos para la producción, trámite, consulta y conservación de los documentos de carácter archivístico, reflejo de las actuaciones funcionales del Estado. De otra parte, La "Ley del Archivista" garantiza a los archivos un mayor futuro al contar con archivistas con identidad y sentido de pertenencia Nacional.

Así que, en esta democracia participativa, "La ley del Archivista" nos convoca a la toma de decisiones sobre bases ciertas y de manera oportuna para el servicio y la unificación sin discriminación ni monopolio alguno de sus profesionales, y así crear un gremio fuerte y vigoroso, plural y equitativo, que permita el desarrollo de la profesión misma. Lo contrario flaco seria el servicio a la profesión y la Ley quedaría como letra muerta en medio de un oasis de oportunidades.

Se plantea un espacio de significativo complemento. Se proyecta bajo estrictos lineamientos de conceptos y estrategias, para fortalecer el desarrollo reglamentario de la Ley del Archivista en Colombia, toda vez que adicionalmente a las acciones de tratamiento organizado de fondos documentales, se suma el ejercicio de la profesión por personal capacitado y especialmente con formación en las Ciencias de la Documentación, la ética y un procedimiento disciplinario para regir la custodia y organización con principios de transparencia y equidad en la administración pública y privada.

El ejercicio profesional de la disciplina archivística, considerados por muchos como un lujo relativamente barato y reservado a un reducido número de eruditos; y, por otros, estimados a veces inútiles debido al desconocimiento que se tiene de su importancia y su destino; desarrollo metodológico y pedagógico de procedimientos técnicos, coexistente con un Código Deontológico, para quienes ejerzan funciones asociadas a los documentos de archivo. Es una sociedad indisoluble la necesidad de la Ley, era una manifestación expresa de estos lineamientos y regulaciones, haciendo de la técnica, la tecnología y profesional universitaria del archivista un requerimiento obligado para cimentar su "status" y eficiencia en el ejercicio de sus actividades, la sociedad de la Información, la Ciencia de la Documentación y de la administración del conocimiento.

Finalmente queremos dejar impresa nuestra huella de la más alta gratitud y amistad a los H. Congresistas: al ex representante a la Cámara por el Valle del Cauca, Dr. Luis Antonio Cuellar, máximo apoyo para lo que hoy es Ley 1409 del 30 de agosto de 2010; H. Senador., Dr. Edgar Espindola Niño, H. Ex representante, Dr. Alonso Acosta Osio; También al Dr. Gregorio Eljach Pacheco, Secretario de la COT. del Senado; Jaime Sepúlveda, Subsecretario de la C. 6ª de la Cámara. A todos y cada uno de mi legión de amigos y no amigos archivistas, que de una u otra forma contribuyeron con sus críticas y controversias a enriquecer el proyecto en su momento. Este ha sido un trabajo de todos y para todos: activos, neutrales, indiferentes o entusiastas, pero sobre todo, podemos decir que al fin los archivistas estamos amparados por la legalidad y status.

Fundación Archiblios.
José Douglas Lasso Duque.
Jorge A. Montoya Godoy.


Fuente: fundacion_archiblios@yahoo.com