5/12/19

El valor de un archivo

El valor de un archivo
 Por Emilia Schijman *



Nací en 1983 en Argentina. Pertenezco a una generación inscripta en una historia fragmentada. Nos quedan una memoria oral y millares de archivos que amenazan hoy con ser destruidos. Necesitamos esos archivos, esos mismos que parte de otra generación considera molestos e insignificantes.

El 1º de junio de 2011 la Suprema Corte de Justicia bonaerense puso en marcha un programa para ordenar y destruir expedientes, con el fin de enfrentar la emergencia edilicia que afecta al Poder Judicial (resolución 1061/11). ¿Acaso la Argentina, en toda su extensión territorial, carece de espacio para archivar los legajos de sus ciudadanos? ¿Acaso el Tribunal Internacional de La Haya, con sede en los Países Bajos, quema sus archivos por falta de espacio? ¿Y qué decir de Inglaterra? ¿Carece ella de historia por su tamaño?

Sin tardar, los magistrados previenen contra toda indignación: “Se empezará por expedientes de casos cerrados sin valor historiográfico”. Y mencionan como ejemplo “los miles de causas por deudas impositivas que fueron archivadas sin posibilidad de reactivación”¿Qué es un archivo sin valor historiográfico? ¿Quién decide sobre el valor de un archivo? ¿A quién pertenecen los archivos de una sociedad? ¿Quién puede despojarnos de esta memoria que nos constituye como individuos y ciudadanos?

Tomemos el caso de aquellos expedientes “desechables” que atañen a los deudores impositivos. Los impuestos, ¿no son una historia del Estado ni de sus ciudadanos? Los impuestos tratan de un acto fundacional del Estado, de la propiedad, de la relación de los ciudadanos con la sociedad. Un Estado no existe sin impuestos y sin la impugnación de éstos. Los historiadores lo han demostrado, esta disputa constituye una pieza maestra de las relaciones entre los ciudadanos y el Estado. Mismo las quejas menores importan: permiten analizar cómo las autoridades las absorben, las negocian y las exoneran.

La decisión de la Justicia de la provincia no es un caso aislado. Es la continuación de una política de Estado que, por bienintencionada que sea, no debería constituir jamás una política de la historia. Volvamos sobre algunas de las decisiones recientes. El Departamento Judicial de San Nicolás destruyó los expedientes comprendidos entre 1954 y 1959 de un juzgado, así como aquellos de 1926 a 1930 y de 1944 a 1958 de un segundo juzgado. Asimismo, el Archivo Departamental de Azul procedió a la destrucción de expedientes comprendidos entre 1923 y 1968 de un tribunal civil y los del tribunal de menores que van de 1949 a 1972. Recientemente, el Archivo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense comunicó que procederá a destruir expedientes de 1955 a 1957 y 1999, y los expedientes de la Procuración General de 1975 a 1998.

¿Quién puede decidir que se trata de legajos sin interés? ¿Lo son para las familias concernidas? ¿Y qué decir de los investigadores en ciencias sociales que se ven así privados de documentos a los que atribuyen un gran valor? ¿Cómo se puede pensar en suprimir archivos que hacen historia? La historia de los desaparecidos y la historia de tantos anónimos desalojados, encarcelados, abandonados. ¿Por qué los investigadores deberían limitarse a una historia de los casos judiciales pasados por el filtro de las autoridades?

En un Estado democrático, el archivo no pertenece ni al Congreso, ni a los ministerios, ni al Poder Judicial. No les corresponde definir su verdad. Son la historia y los ciudadanos los que deberían hacerlo. Una sociedad sin archivo, sin testimonios, tiene un Estado débil que no puede volver sobre sus procedimientos y decisiones, aquellas que, a un nivel capilar, hacen sociedad. El archivo ofrece clarificación, da lugar a una historia controvertida. Es una referencia para el futuro, un poder de democratización inigualable. Esta memoria viva, mi generación y las que me sucederán la necesitamos. Los archivos de nuestra sociedad nos pertenecen. Son inalienables. Una verdadera discusión sobre la suerte de los archivos administrativos y judiciales se impone.

Socióloga argentina cuya tesis se titula "Vivre à crédit: pauvreté, économie et usages du droit dans un grand ensemble à Buenos Aires" (Vivir a crédito: pobreza, economía y usos del derecho en un barrio popular de Buenos Aires, París, 2013).

El destacado en negrita nos pertenece.

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/diario/universidad/10-170276-2011-06-17.html
Esta nota ya fue publicada el 11 de diciembre de 2016.

2 comentarios:

  1. Destrucción de expedientes. Archivo Penal de La Plata. Menores. ex Trib. 1 y 2, Sec. 2. 16/12/19 10 hs.

    El Archivo Penal de La Plata, ha dispuesto para el día 16 de Diciembre del cte. año, a las 10,00 horas, la destrucción autorizada por Ac. 3397 y la Resolución de la SCJBA 2523/19, de expedientes del Fuero de Menores, iniciados entre los años 1941 y 1982; pertenecientes al ex Tribunal n°1 y 2, Secretaría n°2 del Departamento Judicial La Plata, (A 6. 2019) Se analizaron 227 legajos y un total de 10.015 causas de conformidad con lo normado por el Acuerdo 3397 en su art. 114, siguientes y concordantes. Dicho material ya ha sido revisado y seleccionado por el Departamento Histórico Judicial.

    Si tuviera interés en la conservación de alguna de las causas separadas para la destrucción, deberá solicitarlo por escrito fundado, ante esta Jefatura, pudiendo ejercer este derecho dentro de los veinte (20) días corridos desde la publicación de edictos o desde la recepción del oficio – según fuere el caso – a que se refiere el artículo 119, Acuerdo 3397/08, de igual manera podrá solicitar desgloses, ser designado depositario voluntario del expediente o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verificase un supuesto de conservación prolongada. La nómina de los expedientes seleccionados para su destrucción se encuentra disponible para su consulta en la página web del SCJBA, y en el Archivo Penal, sito en calle 8 y 57 de esta ciudad. (Fuente: http://www.calp.org.ar/destruccion-expedientes/)

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  2. VÉANSE:
    file:///C:/Users/usuario/Downloads/6031-Texto%20del%20art%C3%ADculo-17255-1-10-20181212.pdf
    https://www.fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/pidieron-a-la-corte-que-suspenda-la-destruccion-de-causas-archivadas-en-juzgados-de-instruccion-portenos/
    http://www.casi.com.ar/content/destrucci%C3%B3n-de-expedientes-civiles-y-laborales-19-de-agosto
    https://www.asaih.org/asaih-nota-4/
    http://cdsa.aacademica.org/000-010/851.pdf
    https://www.elsol.com.ar/mudanza-digital-la-justicia-se-esta-quedando-sin-espacio-para-los-expedientes
    https://www.lacapital.com.ar/informacion-gral/historiadores-y-fiscales-piden-guardarlos-archivos-judiciales-1941-1982-n1360555.html
    ...ETC.

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