Circular Nº 17
Buenos Aires, Octubre 24 de 1916
Señor Director de la Escuela Normal
Para su debido cumplimiento, comunico a Vd. (sic) la resolución tomada en esta fecha que dice:
"Buenos Aires, 24 de Octubre de 1916
"Correspondiendo a las diversas consultas formuladas por los Directores de las Escuelas Normales acerca de la forma en que han de llevarse a cabo los exámenes de promoción de los alumnos de las Escuelas Normales y vista la nota que precede de la Inspección General del ramo,
SE RESUELVE
Art. 1º - Los exámenes de fin de curso, serán exclusivamente orales, de acuerdo en un todo con la práctica establecida en los años anteriores por Circular de la Inspección General del ramo de 4 de Septiembre de 1914.
Art. 2º - Los alumnos que obtuvieran un promedio final menor de cuatro puntos, quedarán eliminados del examen oral de fin de curso, y eximidos de el cuando dicho promedio sea por lo menos de siete puntos.
Art. 3º - Los alumnos aplazados en tres materias podrán rendir examen en febrero. Los que, resultaran aplazados en cuatro o más, repetirán íntegramente el curso como tambien los aplazados en práctica de la enseñanza.
Art. 4º - Podrán inscribirse en el curso superior los alumnos que deban una materia, con la sola excepción apuntada en el artículo precedente.
Art. 5º - Las clases funcionarán hasta el 15 de Noviembre, debiendo comenzar los exámenes del 20 en adelante como está establecido.
Art. 6º - No se hará efectiva en las Escuelas Normales la última parte del Artículo 47 del Decreto de 30 de Junio de este año.
Art. 7º - Comuníquese por Circular a las Escuelas Normales y archívese.
Firmado - J.S.SALINAS
Saluda a Vd. atte.
(hay una rúbrica que dice Juan José Chillán)
Nota: se han respetado la ortografía y sintaxis del original.
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