23/8/10

Sin quórum


Por Facundo de Almeida

El gobierno de la provincia de La Rioja sigue avanzando con las obras para hacer desaparecer la Escuela Normal Pedro Ignacio de Castro Barros, fundada en 1884, que transformarán en un shopping denominando eufemísticamente “Paseo Ramírez Cultural y de Entretenimiento”.
Esta medida no solamente atenta contra el valor patrimonial de un bien declarado Monumento Histórico Provincial, es también una utilización indebida de fondos públicos, porque se hace en el marco de un convenio por el cual el Ministerio de Planificación Federal giró a la provincia una partida de 6.513.185,25 millones de pesos para la “Refacción y Puesta en Valor de la Escuela Pedro I. de Castro Barros”.
Esto quiere decir que los recursos, tal como figura en la fojas 2 y 3 del expediente administrativo, y en toda la documentación derivada de esa actuación, estaban destinados a restaurar una escuela, y en ningún lugar del convenio, sus anexos, planos o en el pliego de la obra se menciona la construcción de un cine o un paseo comercial, tal como anunció luego el gobernador.
Pero eso no es todo. El silencio oficial, incluso en sede judicial, en relación con las verdaderas intenciones de la obra parecería que se produjo, por una parte, para evitar una reacción ciudadana mayor, pero también para burlar la ley vigente en materia de licitaciones y contrataciones de obras públicas.
El Pliego Particular de Condiciones, documento emitido por la Secretaria de Obras Públicas de la Provincia de La Rioja, indica explícitamente que la obra se lleva a cabo en el marco de lo dispuesto por la Ley 8124, que en su artículo 1º establece: “Declárase la emergencia edilicia de los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia en el Marco del Plan de Mejoramiento Infraestructura Escolar”.
En criollo esto quiere decir que, por existir una situación extrema, la Legislatura riojana autorizó a flexibilizar los procedimientos licitatorios con el propósito de facilitar la puesta en valor de los edificios escolares, pero de ninguna manera debería haberse aplicado este criterio a una obra que claramente nada tiene que ver con la educación.
Esta flexibilización de los mecanismos de adjudicación podría ser una razón mucho más evidente para explicar los motivos por los cuales el gobierno provincial negó, hasta que el hecho estaba consumado, el cambio de uso del inmueble y tramitó toda la documentación –incluyendo la solicitud de fondos, los planos de obras y el concurso de precios– como si se tratara de la restauración de una escuela pública.
También se incumplió con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1063/82, que exige la intervención previa de la Comisión de Museos, Monumentos y Lugares Históricos cuando se realiza una obra en un edificio público de más de 50 años de antigüedad.

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